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Los Intereses Difusos como Nuevos Derechos Tutelables


Los intereses o derechos difusos son una figura que se sitúa dentro de los derechos humanos de tercera generación, llamados también derechos solidarios o de los pueblos, entre los cuales podemos mencionar: el derecho a un ambiente sano y libre de contaminación, la protección del consumidor y los usuarios, el derecho a disfrutar de un patrimonio cultural, al desarrollo, a la calidad de vida, a la libertad informática, a la autodeterminación de los pueblos, entre otros. Sin embargo, estos tipos de intereses no se sitúan dentro de los intereses públicos, ni mucho menos los privados, de allí su carácter supraindividual.

Hay quienes sostienen que su protección tiene antecedentes que se remontan al Derecho romano a través de la figura de Interdicto Pretorio, la cual tenía como finalidad prohibir actos que produjeran contaminación a la vía pública, al igual que su respectiva forma de pago como indemnización.

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Artículo publicado en la Revista Sapientia de la Corte Suprema de Justicia.

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